Casación No. 518-2009

Sentencia del 23/05/2011

“...En el presente caso, al estudiar los argumentos expuestos por el recurrente, se infiere que incurre en deficiencias, toda vez que el casacionista afirma que se infringieron los preceptos legales anteriormente individualizados por omisión en forma general, sin sostener una tesis clara y precisa e independiente por cada norma legal señalada como infringida, en la cual se indique el por qué de las infracciones aducidas y la incidencia que cada una de éstas tiene en el resultado del fallo recurrido, defecto técnico que impide que ésta Cámara se pronuncie como en derecho corresponde. En efecto, al no presentar la entidad casacionista una tesis por cada uno de los artículos citados como violados en el submotivo invocado por el casacionista, éste no impugna de manera idónea los elementos que sustentan el fallo, y por consiguiente no explica con base en los presupuestos del pronunciamiento, en qué ha consistido la violación por parte de la Sala sentenciadora, ni tampoco señala la incidencia que la infracción tuvo en el resultado de la sentencia, cómo y porqué ésta debe cambiar...”